CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PLANES DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA EN DESTINOS DENTRO DEL PLAN TERRITORIAL DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA EN DESTINOS DE ANDALUCÍA 2021 (PTST)

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PLANES DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA EN DESTINOS DENTRO DEL PLAN TERRITORIAL DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA EN DESTINOS DE ANDALUCÍA 2021 (PTST)

  • Fecha inicio: 17/06/2022
  • Fecha fin: 16/07/2022

Estas subvenciones estarán destinadas a transformar y modernizar el sector turístico a través de la sostenibilidad y la digitalización, aumentando su  competitividad y resiliencia.

CONVOCATORIA CERRADA

Objeto de la convocatoria

El Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos representa el principal instrumento de intervención de la administración turística española en el proceso de transformación del sector, además de ser un mecanismo de colaboración destacado entre la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales.

El objeto de la presente convocatoria es el establecimiento de una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a financiar a las entidades locales andaluzas seleccionadas en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destinos de Andalucía 2021 (en adelante, el Plan Territorial PTST), con los siguientes ejes de actuación:

 

a) Eje 1. Actuaciones en el ámbito de la transición verde y sostenible.

b) Eje 2. Actuaciones de mejora de la eficiencia energética.

c) Eje 3. Actuaciones en el ámbito de la transición digital.

d) Eje 4. Actuaciones en el ámbito de la competitividad.

 Esta actuación está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, en el ámbito de los fondos «Next Generation EU», y está incluida entre las actuaciones previstas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El PTST de Andalucía tiene un enfoque global, que abarca todo el territorio de nuestra Comunidad Autónoma y comprende las distintas tipologías de destinos establecidas en la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos: destinos turísticos de sol y playa, rural y urbano.

El PTST de Andalucía se compone de 25 Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos. Responde a los principios de equilibrio territorial y distribución de crédito conforme a las necesidades de cada provincia y destino.

El PTST de Andalucía da cabida a múltiples destinos: espacios naturales de un incalculable valor ambiental y turístico como los de Doñana, Sierra de las Nieves o Cazorla, Segura y las Villas; destinos urbanos punteros a nivel internacional como los de Sevilla, Córdoba o Granada; ciudades con identidad turística, como Úbeda y Baeza, declaradas Patrimonio de la Humanidad; territorios rurales con identidad turística como Níjar, la Subbética Cordobesa, el Territorio Minero de Huelva o Guadix; destinos turísticos de sol y playa mixto/residencial como el Levante Almeriense, Conil, Almuñécar o el Condado de Huelva; y destinos turísticos muy internacionalizados como Marbella y Estepona.

Por todo lo expuesto, podemos concluir que el PTST de Andalucía es un plan ambicioso, que abarca destinos muy distintos entre sí, con los que se pretende mejorar y fortalecer la oferta turística andaluza mediante la creación de productos turísticos que pongan en valor las características propias de cada territorio.

Tipo de ayuda

Subvención.

 

Procedimiento de concesión

Concurrencia no competitiva.

Destinatarios

Podrán solicitar estas subvenciones las siguientes entidades locales, en su condición de seleccionadas en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destinos de Andalucía 2021, como entidades ejecutoras de los 25 planes de sostenibilidad turística en destino:

- En la provincia de Almería: Ayuntamiento de Níjar, Ayuntamiento de El Ejido y Mancomunidad de Municipios del Levante Almeriense.

- En la provincia de Cádiz: Ayuntamiento de Conil de la Frontera, Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz y Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

- En la provincia de Córdoba: Mancomunidad de la Subbética Cordobesa, Mancomunidad de Los Pedroches y Ayuntamiento de Córdoba.

- En la provincia de Granada: Ayuntamiento de Granada, Ayuntamiento de Almuñécar y Ayuntamiento de Guadix.

- En la provincia de Huelva: Diputación Provincial de Huelva, Mancomunidad de Desarrollo Condado de Huelva y Mancomunidad de Municipios Beturia.

- En la provincia de Jaén: Ayuntamiento de Baeza, Ayuntamiento de Úbeda y Diputación Provincial de Jaén.

- En la provincia de Málaga: Ayuntamiento de Marbella, Ayuntamiento de Vélez Málaga, Mancomunidad Sierra de las Nieves y Ayuntamiento de Estepona.

- En la provincia de Sevilla: Diputación Provincial de Sevilla y Ayuntamiento de Sevilla.

Se pueden consultar con más detalle en el PTST de Andalucía apartado 2.2 del anexo IV de las bases reguladoras.

La entidad local deberá aportar una declaración responsable de que dispone de cobertura presupuestaria suficiente para financiar el proyecto.

Se verán beneficiados por las actuaciones las empresas turísticas (por la mejora en la sostenibilidad del turismo y la participación en las actuaciones del plan), los propios visitantes (al revalorizarse el conjunto de servicios, bienes e infraestructuras de las que disfrutan) y los residentes (al convivir con un hecho turístico más sostenible y mayor cohesión) sitos en los PSTD que resulten aprobados.

Publicación oficial

BOJA 16/06/2022

Fecha inicio convocatoria

17/06/2022

Fecha fin convocatoria

16/07/2022

URL publicación convocatoria

 

Ámbito geográfico

Andalucía.

Organismo gestor

Secretaría General para el Turismo, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

Presupuesto Disponible

72,1M€ y  520.000 EUR para hacer frente a la gestión, seguimiento y evaluación del propio PTST por parte de la consejería de Turismo.

 

Cuantía de la ayuda

La intensidad máxima de la financiación para las actuaciones transformadoras del modelo turístico definidas en los PSTD podrá ser del 100% del coste total del presupuesto subvencionable.

Constituye la cuantía de financiación el importe cierto asignado en el Plan Territorial a cada uno de los PSTS, con arreglo a la Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de Conferencia Sectorial de Turismo, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a la Resolución de 4 de enero de 2022.

Costes subvencionables

a) Se consideran gastos subvencionables aquellos que se realicen dentro de los plazos y condiciones determinados por estas bases reguladoras y, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, de conformidad con las actuaciones expresamente definidas en el apartado 1.3 del Plan Territorial(Anexo IV de las bases reguladoras), enmarcadas en alguno de los cuatro ejes de actuación relacionados en la Estrategia

b)Así mismo, se considerará como gasto subvencionable los costes de las actuaciones preparatorias previas que fueran necesarias para establecer la prestación de servicios, suministro de bienes o la realización de las actividades correspondientes, o el coste de asistencias técnicas externas cuando sean contratadas directamente, como consultores, si están directamente relacionadas y son esenciales para el desarrollo de las actuaciones, siempre que estén bien justificadas, y no implique una externalización de tareas gubernamentales esenciales relacionadas con la consecución de los hitos y objetivos.

No tendrán la consideración de costes indirectos imputables los gastos de gestión correspondientes a gastos de constitución, funcionamiento o estructura permanente o habitual de las entidades que se encarguen de la gestión de las actuaciones aprobadas.

c) Será gasto subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o, en su caso, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI). En este sentido, los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

d) Las inversiones podrán ser financiables al 100% de los costes subvencionables, considerando como tales:

1º) Las contrataciones externas de ingeniería, seguimiento y obra civil.

2º) Los contratos de compra de equipos, incluyendo equipamiento tecnológico y equipos informáticos, relacionados con las actuaciones financiables.

3º) La adquisición de licencias de sofware de carácter especializado y destinado exclusivamente a la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.

4º) Las contrataciones externas de consultoría, que se lleven a cabo dentro de la actuación objeto de la subvención como parte de la misma. Los estudios de viabilidad y de ingeniería de detalle serán subvencionables siempre que sean necesarios para la realización de la actuación. Podrán haberse realizado con anterioridad a la fecha de elegibilidad, pero en ese caso, su coste no sería elegible.

5º) Las contrataciones externas para trabajos de asesoramiento legal, notaría, asesoramiento técnico o financiero contabilidad o auditoría, si están directamente ligados al proyecto y son necesarios para su preparación o desarrollo, siempre y cuando hubieran sido contemplados en el presupuesto.

Gastos no subvencionables.

No se considerarán gastos financiables los englobados en los siguientes conceptos:

a) Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos.

b) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes.

c) Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico biológico

d) Las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente.

e) Autorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, multas, tasas, impuestos o tributos, salvo lo dispuesto para el IVA en las presentes bases reguladoras.

f) Cualesquiera gastos asociados a gestiones, contrataciones, consultas o trámites administrativos, aun siendo necesarios para la obtención de permisos o licencias.

g) Seguros suscritos por la entidad solicitante.

h) La vigilancia y seguridad durante la ejecución de la obra hasta la fecha de puesta en marcha.

i) Cualesquiera costes financieros.

j) Costes asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales.

k) Licencias destinadas a sistemas operativos y aplicaciones ofimáticas.

l) Cualquier gasto de operación y mantenimiento de las actuaciones o gastos propios de la administración.

Actuaciones Subvencionables

Será de aplicación lo previsto en el apartado 6 de la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos.

Dicho apartado establece un catálogo de actuaciones, sin vocación de exhaustividad, en torno a cuatro ejes prioritarios relacionados con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

 

EJE 1. Actuaciones en el ámbito de la transición verde y sostenible:

Este eje comprende actuaciones de restauración ambiental, gestión de espacios naturales, acciones de implantación de economía circular y actuaciones de adaptación al cambio climático.

EJE 2. Actuaciones de mejora de la eficiencia energética:

Este eje comprende actuaciones de eficiencia energética incluyendo las de mitigación del cambio climático, actuaciones orientadas a la reducción de la energía requerida para proporcionar productos y servicios turísticos, rehabilitación sostenible de edificios, limitando la contaminación por carbono y estimulando la transición hacia energías renovables, así como actuaciones de movilidad sostenible.

EJE 3. Actuaciones en el ámbito de la transición digital:

Este eje comprende todas aquellas actuaciones que faciliten la mejora continua de los procesos incluidos en la cadena de valor turística mediante el uso de la tecnología.

EJE 4. Actuaciones en el ámbito de la competitividad:

Este eje comprende todas aquellas acciones de creación de oferta, mejora del producto, creación de equipamientos, embellecimiento de espacios públicos, así como todo lo relacionado con la mejora constante de la gestión del destino.

Procedimiento de solicitud

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el BOJA el 17 de junio de 2022 y finalizará el día 16 de julio de 2022.
Tanto el formulario de solicitud como el formulario de alegaciones y presentación de documentos y demás formularios a los que se refiere la orden de convocatoria figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la
convocatoria y se podrán obtener, además de en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoregeneracionjusticiayadministracionlocal/
servicios.html
También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones 

Regulacion

PROGRAMA ORDINARIO DE SOSTENIBILIDAD TURISTICA

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA

EXTRACTO CONVOCATORIA

BDNS