Convocatoria de ayudas correspondientes al año 2022 de apoyo para la implementación, modernización y fomento de la actividad comercial en zonas rurales, mejorando la competitividad, sostenibilidad y diversificación de la economía rural.
CONVOCATORIA CERRADA
La presente convocatoria tiene por objeto apoyar la implementación, modernización y fomento de la actividad comercial en zonas rurales, mejorando la competitividad, sostenibilidad y diversificación de la economía rural.
Las ayudas que se financien con arreglo a esta convocatoria se enmarcan en la inversión 4, apoyo al comercio, del Componente 13, Impulso a la PYME, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta actuación es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).
Subvención.
Público.
Concurrencia competitiva.
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria las siguientes entidades locales:
Los municipios, con poblaciones de hasta 5.000 habitantes conforme a los datos del Real Decreto por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal vigente en el momento de la solicitud. Un municipio podrá presentar una solicitud de ayuda para un proyecto que vaya a ejecutarse en el territorio de otros municipios próximos al solicitante siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación no supere los 5.000 habitantes, siendo este municipio el único beneficiario y siempre que disponga de las autorizaciones necesarias para llevar a cabo el proyecto.
2. Las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación proyecto no supere los 5.000 habitantes. Los beneficiarios supramunicipales deberán presentar un proyecto que afecte a varios municipios como proyecto único, haciéndose responsables de su ejecución y justificación.
3. Las comarcas que agrupen varios municipios en los que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.
4. Otras entidades que agrupen varios municipios, instituidas por las comunidades autónomas de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y los correspondientes Estatutos de Autonomía, en los que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.
5. Las asociaciones de municipios, siempre que estén formadas íntegramente por entidades locales, o cuando estén integradas por, al menos, una entidad local y se hayan creado para prestar alguno de los servicios o competencias atribuidas a las entidades locales en virtud de los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, debiendo justificar su personalidad jurídica (por ejemplo, consorcios). En cualquiera de los casos anteriores, siempre y cuando la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.
6. Las mancomunidades de municipios, siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.»
Publicado el 13/04/2021.
06 de julio de 2022
05 de agosto de 2022
https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/13/pdfs/BOE-B-2021-38293.pdf
https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/mercados-sostenibles-zonas-rurales/Paginas/Index.aspx
España.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 15.023.500 Euros
El importe de la financiación a conceder según estas bases reguladoras será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable, hasta un máximo de subvención de 500.000 euros.
Los proyectos de inversión que se presenten para ser objeto de financiación deberán llevarse a cabo en el territorio nacional y tener un valor mínimo de:
Los proyectos subvencionables en el marco de este Programa incluirán:
Las entidades locales beneficiarias deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán a la Dirección General de Política Comercial, órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento, cuyos formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el portal de ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.
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