Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto

Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto

  • Fecha inicio:17/03/2022 1ºproced.- 20/06/2022 2ºproced.
  • Fecha fin: 06/04/2022 1ºproced. -11/07/2022 2ºproced.

Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto, mediante convocatoria abierta con dos procedimientos de selección, reguladas en el artículo 24 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre del Cine.

 

 

CONVOCATORIA CERRADA

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Estas ayudas plantean medidas para impulsar la producción de obras audiovisuales que empleen tecnologías innovadoras, como es el caso de las películas de animación, y proyectos liderados por mujeres en la parte de dirección, de manera que se dé respuesta a dos de los ejes vertebradores del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia: la digitalización y salvar la brecha de género

Esta actuación es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»). 

TIPO DE AYUDA

Subvención.

 

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

Concurrencia competitiva.


BENEFICIARIOS

a) Las empresas productoras independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, según la definición contenida en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.

b) Las empresas productoras no independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, en relación a aquellos largometrajes realizados en coproducción con empresas productoras de carácter independiente. Dichas productoras no podrán ostentar, en relación a los proyectos en los que participen, una titularidad superior al 60%, ni tener la condición de representante o de productora-gestora de la agrupación

 

PUBLICACIÓN OFICIAL

16/03/2022 BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO

PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo para la presentación de solicitudes, en el primer procedimiento de selección, será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, el 17 de marzo de 2022, finalizando a las 14:00 horas, hora peninsular, del último día de plazo, el 06 de abril de 2022.

El plazo de presentación en el segundo procedimiento de selección, se iniciará el día 20 de junio de 2022 y finalizará el día 11 de julio de 2022, a las 14:00 horas, hora peninsular.


SITIO WEB CONVOCATORIA

https://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/areas/cine/ayudas/actualizaciones-ayudas/2022/grales-largo-proy-conv.html

 

ÁMBITO GEOGRÁFICO

España

ORGANISMO GESTOR

Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales

PRESUPUESTO DISPONIBLE

La dotación presupuestaria para estas ayudas es de 52.000.000 euros, Para el primer procedimiento de selección se reservarán 28.000.000 euros Para el segundo procedimiento de selección se reservarán 24.000.000 euros

El importe sobrante del primer procedimiento podrá incorporarse íntegramente al segundo en el importe no comprometido.

 Del total de la dotación se destina un mínimo del 35% para los proyectos realizados exclusivamente por directoras, y un mínimo del 10% a proyectos de animación.

CUANTIA DE LA AYUDA

El importe máximo de la ayuda no podrá ser superior a:

1.400.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que el coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sea, al menos, de 8.000.000 de euros.

1.200.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que el coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sea, al menos, de 5.000.000 de euros.

1.000.000 de euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40% del coste reconocido al largometraje tal como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, o que dicho importe no supere el 50% del coste reconocido para aquellos proyectos que puedan alcanzar una intensidad máxima del 75% y del 80% del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre.

 El importe de la ayuda se amplía hasta el 50% del coste reconocido para aquellos proyectos que puedan alcanzar una intensidad máxima del 75% y del 80% del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre.

Asimismo, como consecuencia de la situación sanitaria ocasionada por la COVID-19 y con el objeto de sostener el tejido productivo y minimizar el impacto en la actividad económica de las empresas productoras, podrán recibir ayudas públicas hasta el alcanzar una intensidad máxima de hasta el 75% del coste reconocido aquellas producciones que reciban en el año 2022 ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto, que cumplan los tres requisitos siguientes:

- estén dirigidas exclusivamente por una persona nueva realizadora, según se define en el artículo 4.i) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, o por una persona que, como máximo, tenga 35 años de edad en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitud de ayuda,

- estén basadas en un guion original o adaptación de una obra literaria en alguna de las lenguas oficiales en España,

- alcancen al menos 2 puntos entre los apartados 1.3.1, 1.3.2 y 1.3.3 del Anexo I de esta Resolución de convocatoria.

VALORACIÓN DE PROYECTOS

La evaluación de los proyectos se realizará atendiendo a los siguientes criterios, conforme al baremo previsto en los Anexos I y II de la presente Resolución:

a) Relevancia cultural y autoral del proyecto presentado a la convocatoria: hasta 10 puntos.

b) Solvencia, prevista en el artículo 18.2 de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, modificada por Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo, de la empresa solicitante o de la que ostenta la condición de productora-gestora del proyecto: hasta 18 puntos.

c) Viabilidad económica y financiera del proyecto: hasta 41 puntos.

d) Impacto socioeconómico y de la inversión e innovación: hasta 31 puntos.

Únicamente los proyectos que obtengan un mínimo de 70 puntos podrán ser considerados para obtener ayuda.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben estar en disposición de obtener la nacionalidad española por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y deben acreditar su carácter cultural.

El proyecto deberá incluir, como medidas de accesibilidad universal, el subtitulado especial y la audiodescripción con arreglo a la normativa técnica aplicable. Asimismo, el proyecto deberá incluir un sistema de medición y registro de impacto medioambiental que contemple parámetros de sostenibilidad en el transporte, alojamiento, catering, reutilización y reciclado de materiales, gestión de residuos, ahorro energético y consumo eficiente de recursos naturales, así como un plan de reducción de huella de carbono.

 

 

REGULACIÓN

BASESREGULADORAS

RESOLUCION CONVOCATORIA

EXTRACTO CONVOCATORIA:

BDNS: