Concesión de ayudas destinadas al "Programa Tecnológico Aeronáutico" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023

Concesión de ayudas destinadas al "Programa Tecnológico Aeronáutico" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023

  • Fecha inicio: 08/06/2022
  • Fecha fin: 28/07/2022

La finalidad de estas ayudas es el “Apoyo a proyectos I+D+i en el ámbito aeroespacial, con especial atención a las emisiones bajas y nulas”.

CONVOCATORIA CERRADA

Objeto de la convocatoria

El apoyo a proyectos de I+D en tecnologías aeronáuticas, que contribuyan a alcanzar alguno de los retos tecnológicos identificados en el Anexo I de la convocatoria.

 Los proyectos objeto de ayuda serán proyectos de I+D empresarial en cooperación y podrán acogerse a una de las siguientes categorías, "PTA Grandes Empresas", "PTA PYMES" o "PTA Grandes Proyectos Estratégicos.

 

Esta actuación está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, en el ámbito de los fondos «Next Generation EU», y está incluida entre las actuaciones previstas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tipo de ayuda

Subvención.

 

Procedimiento de concesión

Concurrencia competitiva.

Destinatarios

Agrupaciones de empresas en tres categorías:

  • PTA Grandes Empresas:Agrupación constituida por entre 3 y 6 socios, de los cuales al menos uno ha de ser PYME y liderada por una Gran Empresa. Al menos dos de las empresas deben ser autónomas.
  • PTA PYMES:Agrupación constituida por entre 2 y 4 socios, todos ellos PYME, y liderada por una PYME (no microempresa). Al menos dos de las empresas deben ser autónomas.
  • PTA Grandes Proyectos Estratégicos:proyectos encuadrados exclusivamente en el subreto  Sobre Investigación de nuevas tecnologías y demostradores de sistemas embarcados para la utilización del hidrógeno en aeronaves. Agrupaciones tipo PTA Grandes Empresas. Participación relevante de organismos de investigación (mínimo 15% del presupuesto elegible en subcontratación). Al menos 50% del presupuesto elegible para actividades de investigación industrial.

Las agrupaciones no tendrán personalidad jurídica, por lo que uno de los participantes actuará como coordinador o representante.

Con carácter previo a la formulación de la solicitud, los miembros de la agrupación deben suscribir un acuerdo interno que regule su funcionamiento.

Publicación oficial

Publicación en BOE. 07/06/2022

Fecha inicio convocatoria

08/06/2022

Fecha fin convocatoria

28/07/2022

URL publicación convocatoria

 

Ámbito geográfico

España.

Organismo gestor

CDTI - Ministerio de Ciencia e Innovación.

Presupuesto Disponible
80.000.000 euros

De este presupuesto se reservarán 15.000.000 euros para proyectos PTA PYMES y 20.000.000 para PTA Grandes Proyectos Estratégicos, salvo que, en función de la evaluación de los proyectos presentados, dicho presupuesto no pudiera ser agotado. En este caso, el remanente se destinaría a financiar proyectos de la categoría PTA Grandes Empresas.

Cuantía de la ayuda

Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% Gran Empresa, 75% Mediana Empresa y 80% Pequeña Empresa.

Para cada proyecto y beneficiario, el límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental) y por la intensidad máxima que corresponda en cada caso.

La cuantía de las ayudas no podrá superar los umbrales establecidos en el artículo 4 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014.

Los criterios de evaluación son:

 CRITERIO

 PUNTUACIÓN

 1. Tecnología e innovación del proyecto e implementación

 0-40

 2. Capacidad del consorcio con relación al proyecto

 0-25

 3. Impacto socioeconómico y medioambiental

 0-35

Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50 puntos.

 

Actividades subvencionables

Proyectos plurianuales desarrollados en cualquier CCAA española y parte de los mismos deberán realizarse en el año 2022, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para 2022. Los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2024 o el 30 de junio de 2025

PTA Grandes Empresas:

  • Presupuesto elegible mínimo de 4.500.000 euros y máximo de 12.000.000 euros.
  • Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para empresas grandes y medianas; 250.000 euros para pequeñas empresas.
  • Duración: los proyectos deberán finalizar el 30 de junio de 2025, con inicio en 2022.

PTA PYMES:

  • Presupuesto elegible mínimo de 2.000.000 euros y máximo de 5.000.000 euros.
  • Presupuesto mínimo elegible por empresa de 200.000 euros.
  • Duración: los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2023 o de 2024, con inicio en 2022.

PTA Grandes Proyectos Estratégicos

  • Presupuesto elegible mínimo de 20.000.000 euros y máximo de 35.000.000 euros.
  • Presupuesto mínimo elegible de 1.000.000 euros para empresas grandes y medianas; 500.000 euros para pequeñas empresas.
  • Duración: los proyectos deberán finalizar el 30 de junio de 2025, con inicio en 2022.

Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.

Ninguna empresa autónoma de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 60% del presupuesto elegible del proyecto (70% en el caso de Grandes Proyectos Estratégicos).

Costes subvencionables

Se admiten los siguientes costes directos de ejecución:

  • Costes de personal.
  • Costes de instrumental y material inventariable.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, patentes de fuentes externas (adquiridas en condiciones de plena competencia) y consultoría o servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Actividades de consultoría para el apoyo de las labores de coordinación del representante (límite máximo de 15.000 euros por anualidad).
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales que deriven directamente del proyecto.
  • Gasto derivado del informe de auditor (límite 1.500 euros por beneficiario y anualidad).

Subcontratación: podrá alcanzar hasta un máximo del 50% del presupuesto financiable de cada beneficiario.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación.

Las entidades integrantes de la agrupación no podrán subcontratarse entre ellas las actuaciones objeto de la ayuda.

En caso de que la subcontratación se realice con entidades vinculadas al beneficiario, deberá solicitarse previa autorización al CDTI.

Los participantes responderán de las eventuales obligaciones de reintegro en relación con las actividades que se hayan comprometido a realizar. En caso de incumplimiento de dicha obligación, todos los integrantes de la agrupación responderán solidariamente.

 

Procedimiento de solicitud

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado el 08 de junio de 2022 y finalizará el día 28 de julio de 2022, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
La cumplimentación y presentación de las solicitudes para la obtención de las ayudas deberá realizarse obligatoriamente a través de formularios y los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E (https://sede.cdti.gob.es), lo cual requerirá el registro previo de los solicitantes en el sistema de entidades de CDTI.

 

Regulacion

 BDNS

BASES REGULADORAS

CONVOCATORIA

EXTRACTO CONVOCATORIA

MODIFICACIÓN EXTRACTO CONVOCATORIA