La presente convocatoria pública, concederá subvenciones destinadas a la financiación de proyectos y actuaciones de índole cultural que repercutan positivamente en la provincia de Cádiz.
El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere a la presente convocatoria es de ciento cincuenta y cinco mil euros
CONVOCATORIA ABIERTA
Financiación de proyectos y actuaciones de índole cultural que repercutan positivamente en la provincia de Cádiz conforme a las competencias legalmente atribuidas a la Fundación Provincial de Cultura.
SUBVENCIÓN
Concurrencia Competitiva
Empresas del sector privado con menos de diez asalariados/as que pertenezcan a los sectores económicos de las ICC (Industrias Culturales y Creativas) y personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as
B.O. P. DE CADIZ NUM. 77 23 de abril de 2024
Desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 15 de septiembre de 2024
Ámbito Local (Cádiz)
Administración Local (Diputación de Cádiz)
155.000,00€
Serán subvencionables las siguientes actividades:
Actividades relacionadas con las artes escénicas, la creación literaria, el fomento de la lectura y la narración oral, las artes plásticas y visuales, la música, la gastronomía, la divulgación de la ciencia, la artesanía, la cinematografía y el sector audiovisual.
Actividades para la conmemoración de acontecimientos relevantes.
Investigaciones y publicaciones impresas y/o digitales.
Actividades formativas como talleres, ciclos de conferencias, jornadas y encuentros.
Muestras o exposiciones, individuales o colectivas, así como ferias y festivales.
Actividades para la puesta en valor del patrimonio cultural tangible e intangible de la provincia de Cádiz.
Cuantía máxima de 4.000 euros
Es condición inexcusable para la admisión del proyecto que sea económicamente viable y que, independientemente de su procedencia, guarde relación directa con la provincia de Cádiz, Solo se admitirá una solicitud por entidad solicitante.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente, no podrán obtener la condición de beneficiario/a, quien se encuentre incurso/a en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
Compartir en Delicious
Compartir en Facebook
Compartir en LinkedIn
Compartir en Twitter