El deterioro de algunos expedientes carcelarios

El deterioro de algunos expedientes carcelarios

Son varios los agentes nocivos que suelen deteriorar la documentación de archivos. Sabemos que existen causas exógenas o externas a los documentos, que están relacionadas con el ambiente en el que han sido depositados (contaminantes atmosféricos como el polvo; la humedad, que puede provocar la deformación de los soportes y la formación de cercos de suciedad arrastrada por el agua, así como la solubilidad de las tintas; la temperatura y la luz), el biodeterioro, por la acción de microorganismos o insectos, los accidentes que puedan sufrir, como consecuencia de inundaciones o goteras, o la manipulación inadecuada de los mismo, y también causas endógenas o internas, derivadas de la composición material de los documentos, su estructura o su
proceso de fabricación [1].

En la serie documental de los expedientes carcelarios de la Prisión Central de El Puerto de Santa María también se observas casos de deterioro parcial de la documentación, probablemente como consecuencia de las circunstancias en que estuvieron depositados algunos de estos papeles durante un tiempo determinado dentro de la propia prisión. Una vez transferida esta documentación al Archivo Histórico Provincial de Cádiz, la misma se encuentra en condiciones óptimas de conservación, si bien con frecuencia los aspectos irreversibles del deterioro con el que llegaron a su nuevo destino algunos de estos expedientes obviamente se han mantenido.

Uno de los casos en que se observa ese deterioro es, por ejemplo, el expediente carcelario de Juan Melgar Menacho [2]. La portada y algunos pliegos de las vicisitudes penales y penitenciarias están deteriorados, con trozos de papel rotos, arrugados o manchados.

Natural de El Bosque y vecino de Benaocaz, Juan Melgar Menacho era trabajador del campo, estaba casado y tenía 40 años de edad cuando fue sometido a un consejo de guerra en Grazalema el 3 de agosto de 1939. Durante la República había estado afiliado en primer lugar a la cnt y luego a la ugt. Cuando se inició el golpe, participó en la defensa de Benaocaz y cuando esta villa cayó en manos sublevadas se trasladó a Grazalema, en cuya defensa también colaboró. Una vez que Grazalema sucumbió, él logró marcharse a zona gubernamental, donde se integró como voluntario en el ejército republicano. Cuando terminó la guerra, se presentó a las autoridades franquistas, que lo detuvieron y sometieron a un consejo de guerra, en el que fue condenado a 20 años de reclusión por “auxilio a la rebelión”, en el contexto de lo que se ha dado en llamar “justicia al revés”, en el sentido de que los militares que se sublevaron contra el régimen legal de la República acusaron de “rebelión” a quienes lo defendieron. En la sentencia, de la que fue ponente el capitán Francisco Casas Ochoa, el tribunal franquista lo acusó de la quema de imágenes religiosas en Benaocaz, e interpretó como actividad delictiva el haber hecho servicio de armas para hacer frente a las tropas sublevadas. Este tribunal estuvo presidido por Antonio Gracia Barreiro e integrado además por Gabriel Gracia Trujillo, Manuel Escudier Foncubierta, Juan A.Ossorio y el mencionado Francisco Casas Ochoa.

El 20 de noviembre de 1939 fue ingresado en la Prisión Castillo Santiago de Sanlúcar de Barrameda. El 13 de octubre de 1941 fue conducido a la Prisión de Partido de Jerez de la Frontera. De ahí fue llevado de inmediato a la Prisión Central de El Puerto de Santa María. Dos años después, el 5 de junio de 1943, salió en libertad condicional con el castigo de destierro, que cumplió en la localidad de Montellano (Sevilla).

Portada deteriorada

Notas:
[1] GARCÍA GUIJO, Santiago y MORENO NIETO, Mario Antonio: Conservación de patrimonio documental y bibliográfico. Madrid, ANABAD, 2021, 7ª edición.

[2] Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Prisión Central de El Puerto de Santa María, caja 29369, exp 01.