Planeamiento urbanístico Castellar de la Frontera

Planeamiento urbanístico
CASTELLAR DE LA FRONTERA

El término municipal de Castellar de la Frontera se sitúa en la comarca del Campo de Gibraltar, al sureste de la provincia de Cádiz, abarcando una superficie aproximada de 180 km². Su ámbito geográfico presenta una marcada dualidad física, transicionando desde las elevaciones de la corteza penibética hasta las vegas del curso bajo de los ríos Guadarranque y Hondo. Un porcentaje sustancial de su término se encuentra integrado dentro de los límites del Parque Natural Los Alcornocales, espacio adscrito a la Red Natura 2000 como ZEC y ZEPA. Esta condición, sumada a la amplia presencia de montes públicos, la lámina de agua del embalse del Guadarranque y las afecciones propias de los dominios públicos hidráulico y pecuario, determina un marco de altísimo valor paisajístico y forestal que somete a estricta protección ambiental a la práctica totalidad del suelo no urbanizable.

Desde la perspectiva demográfica y socioeconómica, el municipio contabiliza una población estable que ronda los 2.984 (INE 2025) habitantes, mostrando una estructura etaria relativamente más equilibrada que la de otros núcleos rurales de la provincia, aunque acusando una paulatina tendencia al envejecimiento. El dinamismo económico local se fundamenta en un sector primario de relevante peso, vertebrado por la explotación agrícola y ganadera de la finca pública 'La Almoraima', uno de los latifundios forestales más extensos de Europa, junto con aprovechamientos corcheros y cinegéticos. Este modelo productivo tradicional se complementa con la actividad generada por el sector servicios, el empleo transfronterizo en la comarca y una oferta turística orientada a la naturaleza, el patrimonio histórico y la hostelería de calidad.

En relación con la articulación territorial y las infraestructuras, el principal eje de accesibilidad externa lo constituye la carretera autonómica que recorre el municipio en sentido norte-sur y conecta la A-381 con la red del Campo de Gibraltar. Asimismo, la infraestructura ferroviaria de la línea Bobadilla-Algeciras atraviesa el término y cuenta con parada en la estación de Almoraima, garantizando una conectividad supramunicipal singular en el contexto provincial. La red de caminos rurales y forestales estructura el tránsito hacia las explotaciones agrarias e instalaciones del embalse, si bien el relieve abrupto del sector norte y la gran extensión de suelo bajo tutela ambiental suponen barreras físicas determinantes para la implantación de nuevas redes o la conectividad transversal.

Por lo que respecta a la estructura urbanística, el municipio se caracteriza por un esquema bicefálico plenamente consolidado. Por un lado, se sitúa el denominado Pueblo Nuevo de Castellar, núcleo residencial principal construido en la década de 1970 con un trazado de colonización planificado, de trama regular y manzanas ortogonales con edificaciones unifamiliares de baja altura (una a dos plantas). Por otro lado, destaca la fortaleza del Castillo de Castellar (Castellar Viejo), recinto amurallado de origen medieval declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico, adaptado a la topografía de la loma con un tejido denso y serpenteante. La transformación del suelo en las últimas décadas ha sido muy comedida, concentrando las escasas intervenciones en colmataciones dotacionales y residenciales en Pueblo Nuevo y en la preservación estricta del enclave histórico.

SITUACIÓN DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO VIGENTE

El municipio de Castellar de la Frontera cuenta con una ordenación urbanística general establecida por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del año 2003, que fue adaptado parcialmente a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Este planeamiento actualmente en vigor puede ser consultado a través del Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía (SITU@) de la Junta de Andalucía.

La información urbanística obtenida del Sistema de Información Urbana del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, con fecha de actualización de mayo de 2025, es la siguiente:

Superficie de suelo clasificado como suelo urbano*: 79,19 ha
Superficie de suelo clasificado como suelo rústico*: 17.971,39 ha
Superficie de suelo destinado a SS.GG.: 24,02 ha 

(*) Conforme al régimen transitorio de la LISTA.


El Ayuntamiento ha solicitado asistencia a la Diputación de Cádiz en la redacción de los siguientes instrumentos de ordenación urbanística: